Área de Dirección
Funciones :
Art 17º.- El Órgano de Dirección constituye el máximo nivel de gestión de la Unidad de Gestión Educativa Local Abancay, responsable de orientar, conducir, supervisar, controlar y evaluar el servicio educativo en su ámbito jurisdiccional, en concordancia con los lineamientos de política nacional, regional y local.
Art 18º.- La Unidad de Gestión Educativa, está a cargo de un Director que es designado de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Art 19º.- La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local tiene la autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a Ley; sus funciones son:
a). Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa e implementar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y ampliación de la cobertura de la educación.
b). Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa e implementar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y ampliación de la cobertura de la educación.b) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local (PEL) de la Unidad de Gestión Educativa Local y los Planes Operativos Anuales, en coordinación con el Consejo Participativo Local – COPALE; aprobándolos de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
c). Conducir e incrementar la productividad y mejorar la eficacia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa de las Instituciones, Programas, Comunidades de Aprendizaje y Redes Educativas a su cargo.
d). Apoyar el proceso de descentralización de la gestión efectiva de las Instituciones, Programas y Redes Educativas en el marco de la normatividad vigente.
e). Suscribir convenios de cooperación y/o contratos con entidades públicas o privadas, locales, regionales, nacionales o internacionales, encaminados a mejorar la calidad de la educación.
f). Evaluar permanentemente la gestión educativa de su ámbito, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; presentando los informes de su gestión a las instancias correspondientes.
g). Concertar con las entidades públicas y privadas en su ámbito, para ejecutar programas de acción conjunta a favor de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura, la recreación y el deporte, en su ámbito.
h). Organizar, ejecutar y evaluar acciones de capacitación continua del personal de las Instituciones, Programas, Comunidades de Aprendizaje y Redes Educativas, así como del personal de la sede institucional.
i). Conducir la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto y sus modificaciones en coordinación con las Instituciones, Programas, Comunidades de Aprendizaje y Redes Educativas de su ámbito jurisdiccional.
j). Implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana para garantizar una gestión transparente y equitativa.
k). Conformar el Comité Local de Alfabetización y aplicar estrategias efectivas y pertenecientes para disminuir el analfabetismo.
l). Delegar funciones y atribuciones que faciliten y flexibilicen la descentralización de la gestión en las Instituciones Educativas, así como asumir las que sean delegadas por la Dirección Regional de Educación.